?Qui?nes no necesitan declarar el Impuesto a la Renta en 2023, seg?n la Sunat?
Este 2023, a partir del 6 de marzo, les corresponde a las personas naturales empezar a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2022. ¿Sabes quiénes están exonerados de hacer este trámite, de acuerdo con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)? Aquí te lo explicamos al detalle.
Con el nuevo monto que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso sobre la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que se elevó de S/4,600 a S/4,950 desde el 1 de enero de 2023, un mayor grupo de trabajadores quedará libre del pago de Impuesto a la Renta (IR). ConDe acuerdo con lo establecido por la Sunat, no están obligados a declarar:
- Los trabajadores independientes (con Rentas de Cuarta Categoría) que emitan recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los S/3,609.
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Aquellos profesionales que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y además otras de Cuarta y/o Quinta Categoría y que el total de lo percibido en el mes no supere los S/2,888.De acuerdo con la Sunat, pueden solicitar la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del impuesto a la renta:
- Quienes proyecten que sus ingresos durante el 2023 por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categoría no superen los S/43,313.
- Directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, que proyectan percibir en el ejercicio gravable por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categoría no superen los S/34,650.https://trome.com/respuestas/quienes-no-tendran-que-declarar-el-impuesto-a-la-renta-en-2023-peru-nnda-nnlt-noticia/