AFP 25%: 9 dudas resueltas sobre el uso del fondo para vivienda
El uso del 25% de los fondos de AFP ha generado muchas dudas entre los interesados en emplear sus ahorros previsionales para la compra y amortización de la primera vivienda. Por ello, Prima AFP respondió algunas de las consultas más comunes entre sus afiliados.
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PRIMER INMUEBLE
1. Si tengo varios inmuebles a mi nombre y quiero disponer del 25% de mi cuenta individual de capitalización (CIC) para amortizar el crédito hipotecario del primer inmueble adquirido, puedo acceder al beneficio?
Sí puedes acceder al beneficio.
2. Compre mi primera vivienda con un crédito hipotecario y luego compré otra propiedad. ¿Puedo utilizar el 25% para amortizar el crédito del primer inmueble?
Si a la fecha del otorgamiento del crédito no tenía inmueble, sí califica para amortizar el primer inmueble.
3. Si tengo mi primer inmueble, ¿puedo disponer del 25% del CIC para financiar la construcción del segundo piso de ese inmueble?
No. La disposición de hasta el 25% del fondo de la AFP solo es para el pago de la cuota inicial de un primer inmueble bajo un crédito hipotecario o amortizar un crédito hipotecario adquirido para la compra de una primera vivienda.
4. Si hace dos años pasé todas mis propiedades a mis hijos como anticipo de herencia y ahora quiero comprar un inmueble y quisiera saber si puedo disponer del 25%
Sí, porque el inmueble que va a adquirir se considera primer inmueble ya que el 30 de junio de 2016 no tiene ningún otro inmueble a su nombre.
CÓNYUGE
5. Si uno de los afiliados ya cuenta con un primer inmueble y luego se casa, ¿no podrán acceder al 25% del fondo junto a su pareja para una vivienda conyugal?
Correcto. Si antes del matrimonio cuento con un inmueble a título personal ya no se podrá retirar el 25% dentro de la sociedad conyugal.
6. Si tu pareja ya tiene un inmueble y tú no, ¿ella o él podrá acceder al 25% del fondo de la AFP y podrá sacar una vivienda de forma personal?
Siempre que exista separación de patrimonios sí se puede acceder al retiro del 25%.
7. Si ninguno de los cónyuges tiene un inmueble y ambos son afiliados a la AFP, ¿podrán solicitar cada uno de ellos la disponibilidad del 25% de sus fondos para la cuota inicial de su primer inmueble?
Sí. Cada afiliado podrá disponer de hasta el 25% de su cuenta individual de capitalización.
8. Si el cliente y su cóngue son afiliados de la AFP, y la esposa cuenta con un priemr inmueble el cual fue adquirido cuando ya eran casados y dicho inmueble está solo a nombre de su esposa, y el esposo no tiene ningún inmueble a su nombre, ¿ambos podrán solicitar la disposición del 25% para amortizar el crédito hipotecario?
No, solo la esposa peude solicitar el retiro del 25%, por ella es la única propietaria del inmueble.
MIVIVIENDA
9. En MiVivienda, si se hace un prepago se pierde el bono del buen pagador. ¿Es así? ¿Aplica retroactivamente?
De acuerdo al "Reglamento del bono del buen pagador", el cliente deberá reembolsar el Bono más los intereses legales cuando realice el prepago en forma total del Crédito MiVivienda, antes de los cinco años de desembolsado el préstamo. Se reembolsará el bono del Buen Pagador más intereses legales a la entidad financiera y ésta lo entrega al Fondo Mivivienda a través del fiduciariohttp://elcomercio.pe/economia/peru/afp-25-9-dudas-resueltas-sobre-uso-fondo-vivienda-noticia-1916333?flsm=1.